- 1. Los certificados de emisión y los comprobantes de aviso deberán ser remitidos dentro de los diez (10) días de finalizada la prestación. De lo contrario, se procederá a la anulación de la orden de publicidad correspondiente. Las certificaciones deberán remitirse junto con su factura correspondiente. Las mismas serán rechazadas por mesa de entradas de no encontrarse debidamente confeccionadas.
- 2. Todo cambio o modificación en la orden, o en el contenido a que se refiere la misma, deberá ser comunicado a reclamos.planificacion@telam.com.ar para su autorización. Sin la autorización no se validará la emisión.
- 3. Télam se reserva el derecho de modificar y/o anular y/o rescindir las órdenes de publicidad, sin derecho a reclamo por parte del medio y sin que dicho acto genere ninguna responsabilidad para la Agencia. Esta facultad es ineludible para la contratación y el destinatario de la presente presta conformidad.
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